El Tribunal Constitucional (TC) se pronunció este viernes sobre el control preventivo del proyecto de ley de Reconstrucción Nacional y declaró inconstitucionales tres grupos de disposiciones, lo que deja la iniciativa en condiciones de ser promulgada.
Entre las normas objetadas se encuentran las condiciones que el Ejecutivo había establecido para que los municipios recibieran compensación por la menor recaudación derivada de la exención de contribuciones para personas mayores de 65 años. El TC consideró que exigir una reducción de al menos 30% en los plazos de tramitación de permisos reemplaza el criterio constitucional de necesidad por uno de rendimiento, lo que podría profundizar las desigualdades territoriales.
También declaró inconstitucional la exención temporal de aportes al Fondo Común Municipal para los mayores ingresos por cobro de patentes comerciales y tarifas de aseo morosas durante 2027 y 2028, disposición que favorecía principalmente a las comunas de Santiago, Providencia, Las Condes y Vitacura.
Además, el TC eliminó la norma que permitía reclamar judicialmente ante la Corte de Apelaciones de Santiago la anulación de una resolución de calificación ambiental y suspender el pago de indemnizaciones.
El senador Diego Ibáñez (FA) señaló que el fallo afecta precisamente esos tres grupos de reglas. Por su parte, el subsecretario del Interior, Máximo Pavez, indicó que el Gobierno analizará la sentencia, pero destacó que el proyecto avanza hacia su promulgación.
Otras disposiciones, como la rebaja del impuesto corporativo y la invariabilidad tributaria, fueron declaradas constitucionales.
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